Verificación de Linderos
Descripción
Verificación oficial de los linderos del predio frente a los registros catastrales municipales.
Dirigido a
Personas físicas, personas jurídico-colectivas e instituciones públicas inconformes con las medidas o superficies del documento de propiedad.
¿Cuándo se realiza?
Cuando el propietario o poseedor no esté conforme con las medidas y superficies del documento que acredita la propiedad, siempre y cuando proporcione la relación de colindantes del inmueble.
Requisitos — Personas físicas
- Apersonarse en el Departamento de Catastro e ingresar el Formato de Solicitud de Servicios Catastrales debidamente llenado, firmado y requisitado.
- Documento con el que acredite la propiedad del inmueble (Escritura Pública, Sentencia Judicial con Ejecutoria, contrato de compra-venta, Traslado de Dominio con su comprobante de pago, etc.).
- Recibo de pago del Impuesto Predial al corriente o comprobante de pago (boucher bancario).
- Copia de identificación oficial del propietario o poseedor y de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal.
- Carta poder e identificación oficial de quien solicite el trámite, en caso que no sea el propietario.
- Copia del recibo del pago de derechos por el servicio.
- Fotografía a color de la fachada del inmueble.
- Croquis de localización del inmueble.
Requisitos — Personas jurídico colectivas
- Apersonarse en el Departamento de Catastro e ingresar el Formato de Solicitud de Servicios Catastrales.
- Documento con el que acredite la propiedad del inmueble.
- Recibo de pago del Impuesto Predial al corriente o línea de captura con boucher bancario.
- Identificación oficial del propietario.
- Identificación oficial vigente del propietario y de la persona autorizada mediante carta poder.
- Copia del recibo del pago de derechos por el servicio.
- Fotografía a color de la fachada del inmueble.
- Croquis de localización del inmueble.
Requisitos — Instituciones públicas
- Apersonarse en el Departamento de Catastro e ingresar el Formato de Solicitud de Servicios Catastrales.
- Documento con el que se acredite la propiedad del inmueble.
- Identificación oficial del propietario.
- Carta poder e identificación oficial de quien solicite el trámite.
- Solicitud de Certificación de Clave y Valor Catastral.
- Relación de nombres de los colindantes y de dos testigos con domicilio en el territorio municipal.
- Solicitud de exención de los servicios catastrales (Artículo 23 del Código Financiero).
- Fotografía a color de la fachada del inmueble.
- Croquis de localización del inmueble.
Pasos a seguir
- Llenar la solicitud de servicios catastrales.
- Adjuntar la documentación requerida para el servicio solicitado.
- Realizar el pago de derechos correspondiente.
- Programar visita de verificación física en campo.
- Tras la visita, recibir oficio y plano de levantamiento topográfico (5 días hábiles posteriores a la verificación).
Forma de pago
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito en cajas de la Tesorería Municipal del Palacio Municipal o bancos autorizados.
Sujeto a
Sí aplica. El servicio se realiza con base en la verificación de medidas, colindancias y superficies del inmueble a fin de corroborar o rectificar los datos contenidos en el documento que acredita la propiedad.
Dónde se realiza
Jefatura de Catastro, Tesorería Municipal — Av. Juárez s/n, Col. San Cristóbal Centro, Ecatepec de Morelos, C.P. 55000. Lun-Vie 09:00-15:00 hrs. Tel. 55 5836 1500 ext. 1410.
Fundamento legal
- Artículos 166 fracción VI, 167, 168, 169, 171, 173, 175, 179 y 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
- Artículos 21 y 22 numeral II inciso f del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero "Del Catastro".
- Numeral III del Manual Catastral del Estado de México.
- Apartado III.2.3 política VL002 (puntos 1 al 6) y Apartado III.1.3 política LT001 del Manual Catastral del Estado de México.
- Artículo 23 del Código Financiero (exención para instituciones).
- Artículo 28 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución
Que no exista controversia entre los predios colindantes o de cualquier otra índole sobre el inmueble motivo del servicio solicitado.
Preguntas frecuentes
- ¿Les tengo que informar a mis colindantes?
- No; la verificación se realiza al interior del predio.
- ¿Qué costo tiene?
- De acuerdo con la tarifa del Artículo 166 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios; el monto se calcula según el rango de la superficie de terreno.
- ¿Se requiere obtener otro permiso provisional en otra instancia administrativa?
- No. El Departamento de Catastro tiene la facultad suficiente para realizar este servicio sin necesidad de que el contribuyente solicite algún permiso a otra instancia.
Dónde queda
Av. Juárez s/n, Col. San Cristóbal Centro, Ecatepec de Morelos, C.P. 55000
Ubicación aproximada: señala la cuadra, no la puerta.
Ver en un mapa más grandeFicha oficial del trámite
La misma información de esta ficha, en el documento que publica Tesorería Municipal. Sirve para llevarla impresa a la ventanilla.
Verificación de Linderos Registro Municipal de Trámites y Servicios PDF · 0.9 MB