Levantamiento Topográfico Catastral
Descripción
Servicio técnico de medición y levantamiento topográfico del predio para fines catastrales.
Dirigido a
Personas físicas, personas jurídico-colectivas e instituciones públicas inconformes con las medidas o superficies de su documento de propiedad.
¿Cuándo se realiza?
Cuando el propietario o poseedor no esté conforme con las medidas y superficies del documento que acredita la propiedad, siempre y cuando proporcione la relación de colindantes del inmueble.
Requisitos — Personas físicas
- Apersonarse en el Departamento de Catastro e ingresar el Formato de Solicitud de Servicios Catastrales debidamente llenado, firmado y requisitado.
- Documento con el que se acredite la propiedad del inmueble (Escritura Pública, Testimonio Notarial o Sentencia Judicial con Ejecutoria).
- Recibo de pago de Impuesto Predial al corriente o línea de captura con boucher bancario.
- Identificación oficial del propietario o poseedor (INE, cartilla, pasaporte o cédula profesional).
- Carta poder e identificación oficial vigente de quien solicite el trámite, en caso que no sea el propietario.
- Relación de nombres de los colindantes y de dos testigos con domicilio en el territorio municipal.
- Recibo del pago de derechos por el servicio.
- Fotografía a color de la fachada del inmueble.
- Croquis de localización del inmueble.
Requisitos — Personas jurídico colectivas
- Apersonarse en el Departamento de Catastro e ingresar el Formato de Solicitud de Servicios Catastrales.
- Documento con el que se acredite la propiedad del inmueble.
- Recibo de Predial y/o comprobante de pago (boucher bancario) con manifestación catastral y línea de captura.
- Identificación oficial del propietario.
- Poder del representante legal e identificación oficial de quien solicite el trámite.
- Relación de nombres de los colindantes y de dos testigos.
- Recibo del pago de derechos por el servicio.
- Fotografía a color de la fachada del inmueble.
- Croquis de localización del inmueble.
Requisitos — Instituciones públicas
- Apersonarse en el Departamento de Catastro e ingresar el Formato de Solicitud de Servicios Catastrales.
- Documento con el que se acredite la propiedad del inmueble.
- Identificación oficial del propietario.
- Carta poder e identificación oficial vigente del solicitante.
- Solicitud de exención de los servicios catastrales (Artículo 23 del Código Financiero).
- Fotografía a color de la fachada del inmueble.
- Croquis de localización del inmueble.
Pasos a seguir
- Llenar la solicitud de servicios catastrales.
- Adjuntar la documentación requerida para el servicio solicitado.
- Realizar el pago de derechos correspondiente.
- Programar visita de verificación física en campo.
- Tras la visita, recibir el acta circunstanciada y plano de levantamiento topográfico (5 días hábiles posteriores a la verificación).
Forma de pago
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito en cajas de la Tesorería Municipal del Palacio Municipal o bancos autorizados.
Sujeto a
Sí aplica. El servicio se realiza con base en la verificación de los linderos y superficies del inmueble a fin de corroborar o rectificar los datos contenidos en el documento que acredita la propiedad.
Dónde se realiza
Jefatura de Catastro, Tesorería Municipal — Av. Juárez s/n, Col. San Cristóbal Centro, Ecatepec de Morelos, C.P. 55000. Lun-Vie 09:00-15:00 hrs. Tel. 55 5836 1500 ext. 1410.
Fundamento legal
- Artículos 166 fracción V, 167, 168, 169 fracción IV, 171, 173, 175, 179 y 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
- Artículos 21 y 22 fracción II inciso e del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero "Del Catastro".
- Numeral III del Manual Catastral del Estado de México.
- Apartado III.1.3 Política LT002 puntos 1 al 7 del Manual Catastral del Estado de México.
- Artículo 23 del Código Financiero (exención para instituciones).
- Artículo 28 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de México y Municipios.
Preguntas frecuentes
- ¿Es obligatoria la lista de colindantes?
- Sí, para dar cumplimiento al numeral III.1.3 Políticas Generales LTC004 del Manual Catastral del Estado de México.
- ¿A qué tipo de predios se les puede realizar el Levantamiento Topográfico Catastral?
- A predios individuales y, en caso de inmuebles bajo régimen de propiedad en condominio, a las superficies privativas de la unidad condominal, conforme a las Políticas Generales del Apartado III.1.3 LTC001 del Manual Catastral.
Dónde queda
Av. Juárez s/n, Col. San Cristóbal Centro, Ecatepec de Morelos, C.P. 55000
Ubicación aproximada: señala la cuadra, no la puerta.
Ver en un mapa más grandeFicha oficial del trámite
La misma información de esta ficha, en el documento que publica Tesorería Municipal. Sirve para llevarla impresa a la ventanilla.
Levantamiento Topográfico Catastral Registro Municipal de Trámites y Servicios PDF · 0.9 MB