Poda y/o Derribo de Árboles
Descripción
Permisos para la poda o derribo de árboles en vía pública o al interior de predios.
Dirigido a
Personas físicas, personas jurídico-colectivas e instituciones públicas que requieran realizar poda o derribo de árboles en propiedad pública o privada.
¿Cuándo se realiza?
Cuando se requiera reducir riesgos o impactos ambientales que los árboles generen en zonas urbanas y reducir los impactos a la infraestructura urbana.
Requisitos — Personas físicas
- Presentar escrito libre dirigido a la Presidenta Municipal, en atención al Director(a) en turno.
- Acreditación de la propiedad donde se localiza el árbol a podar o derribar.
- Identificación oficial vigente.
- Autorización expresa del propietario, en caso de ser tercero afectado por el crecimiento del árbol.
- Evidencia fotográfica del árbol.
Requisitos — Personas jurídico colectivas
- Presentar escrito libre dirigido a la Presidenta Municipal, en atención al Director(a) en turno.
- Acta constitutiva, poder notarial e identificación oficial vigente del representante legal.
- Acreditación de la propiedad donde se localiza el árbol a podar o derribar.
- Autorización expresa del propietario, en caso de ser afectado por el crecimiento del árbol.
- Evidencia fotográfica del árbol.
Requisitos — Instituciones públicas
- Presentar escrito libre dirigido a la Presidenta Municipal, en atención al Director(a) en turno.
- Documento que acredite la personalidad con la que comparece e identificación oficial vigente.
- Acreditación de la propiedad donde se localiza el árbol a podar o derribar.
- Autorización expresa del propietario, en caso de ser tercero afectado por el crecimiento del árbol.
- Evidencia fotográfica del árbol.
Pasos a seguir
- Reunir la documentación requerida.
- Ingresar la solicitud ante la Subdirección de Normatividad Ambiental.
- Esperar la inspección técnica del árbol y la valoración del trámite.
- Recibir el permiso correspondiente o, en su caso, las observaciones para complementar el trámite.
Forma de pago
Efectivo en el Vivero Municipal. Pago en especie también disponible (entrega de árboles como medida de compensación).
Sujeto a
Sí. Inspección y verificación por parte de la Subdirección de Normatividad Ambiental.
Dónde se realiza
Subdirección de Normatividad Ambiental, Dirección de Medio Ambiente y Ecología — Calle Prolongación Agricultura s/n, Col. Tata Félix, Ecatepec de Morelos, C.P. 55030. Lun-Vie 09:00-18:00 hrs. Tel. 55 5770 2259.
Fundamento legal
- Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-018-SEMAGEM-DS-2017 que establece las especificaciones técnicas y criterios para poda, derribo, trasplante y sustitución de árboles en zonas urbanas del Estado de México.
- Artículo 60 fracciones I, II, V y VI del Bando Municipal de Ecatepec de Morelos.
- Artículos 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49 y 50 del Reglamento de Conservación y Protección al Medio Ambiente del Municipio de Ecatepec de Morelos.
Criterios de resolución
Una vez analizado, evaluado y valorado el trámite y si cumple con lo que se solicita, se expide el permiso. En caso contrario, deberá ingresar la información que cumplimente el trámite.
Ficha oficial del trámite
La misma información de esta ficha, en el documento que publica Dirección de Medio Ambiente y Ecología. Sirve para llevarla impresa a la ventanilla.
Poda y/o Derribo de Árboles Registro Municipal de Trámites y Servicios PDF · 0.7 MB